jueves, 24 de marzo de 2011

Organizaciones populares culminan talleres de formación económica del BCV (Noticia)



www.mpcomunas.gob.ve
24.03.12

Como parte del programa de formación socioeconómica impartido por el Banco Central de Venezuela (BCV), representantes de los consejos comunales que conforman las parroquias Altagracia y Catedral, de Caracas, culminaron satisfactoriamente el primer ciclo de talleres dictados por servidores públicos del BCV.

El anfiteatro Gastón Parra Luzardo, del Banco Central de Venezuela, fue el lugar donde se desarrolló la actividad, que formó parte del plan piloto de formación para las comunidades organizadas, denominado "El BCV con el país", explicó Rebeca Suárez, coordinadora del Departamento de Relaciones Institucionales del máximo organismo financiero.

Suárez detalló que el programa permanente de formación socioeconómico está dirigido a la comunidad en general, especialmente a las nuevas organizaciones comunitarias, como los consejos comunales, las mesas técnicas de agua, los comités de tierra y salud, entre otras organizaciones de expresión popular.

El pueblo organizado tuvo la oportunidad de aprender sobre los indicadores estadísticos, como el Producto Interno Bruto, la balanza de pagos y hasta el cuidado de las monedas y billetes como medios de intercambio.

Asimismo, les fueron suministrados materiales didácticos completamente gratuitos para ser repartidos en sus comunidades.

En los talleres de formación participaron servidores y servidoras públicos, estudiantes del liceo José María Vargas, Tribunal Supremo de Justicia, la Fundación para el Desarrollo y Promoción del Poder Comunal (Fundacomunal), Instituto Radiofónico Fe y Alegría, y el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia.

Fuente consultada:
http://www.mpcomunas.gob.ve/noticias_detalle.php?id=6118


domingo, 13 de marzo de 2011

Pueblo organizado debate leyes del Poder Popular en Fundacomunal (Noticia)


Provenientes del área metropolitana


Voceros y voceras de diversos consejos comunales del área metropolitana, así como servidores y servidoras públicos de la Fundación para el Desarrollo y Promoción del Poder Comunal (Fundacomunal), asistieron al debate de leyes de Poder Popular que se efectuó en el auditorio de esta institución.

La discusión abarcó las cinco leyes del Poder Popular como son: la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal, la Ley Orgánica del Poder Popular, la Ley Orgánica de las Comunas, la Ley Orgánica de Participación Popular, la Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular, y la Ley Orgánica de Contraloría Social, que entraron en vigencia el 21 de diciembre de 2010, con la publicación en Gaceta Oficial N° 6011.

La Ley Orgánica del Poder Popular suma innovaciones en sus 32 artículos: incorpora legalmente al pueblo como un integrante más del Estado, instándolo a organizarse y a participar en las políticas públicas de sus comunidades, en armonía con los lineamientos del Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social; crea instancias para el pleno ejercicio del autogobierno, entre ellas el consejo comunal, la comuna, la ciudad comunal y los sistemas de agregación comunal; además de exigir a los órganos y entes del Poder Público simplificar trámites.

La organización popular que da prioridad a los intereses colectivos por encima de los individuales lo contempla la Ley Orgánica de las Comunas, gracias a la creación de diversos entes como el Banco Comunal, el Estado Comunal, el Parlamento Comunal, el Consejo Ejecutivo y los Comités de Gestión, que permitan concretar el Plan Comunal de Desarrollo, documento que plasma proyectos, objetivos, acciones, recursos y metas, orientados a concretar los lineamientos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, del Plan Regional de Desarrollo y el Consejo Federal de Gobierno.

Sustentabilidad en el tiempo y autogestión son dos conceptos que forman parte de la esencia del Poder Popular, por lo cual la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal incluye la creación, el desarrollo y el funcionamiento del Sistema Económico Comunal bajo el régimen de Propiedad Social, integrando las Organizaciones Socioproductivas: Empresas de Propiedad Social Directa e Indirecta Comunal, Unidades Productivas Familiares y los Grupos de Intercambio Solidario.

La Ley Orgánica de Participación Popular, por su parte, establece el Sistema Nacional de Planificación, a fin de garantizar el seguimiento, evaluación y control del desempeño institucional, fortalecer las capacidades estratégicas y rectoras del Estado y el Poder Popular para el uso adecuado de los recursos públicos.

Asimismo, la participación ciudadana se consolida a través de los consejos comunales, comunas y sistemas de agregación a la definición, formulación, planificación, ejecución y evaluación de proyectos.

Por último, la Ley Orgánica de Contraloría Social garantiza en sus 18 artículos que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente, en beneficio de los intereses de la sociedad. Este instrumento legal define cómo se realiza el ejercicio de la contraloría, y sus medios, ya sea individual, colectiva u orgánicamente.

De igual forma, la Ley de Contraloría Social exige al Poder Público dar respuesta oportuna y adecuada a los informes y denuncias producidas. Y en materia de formación insta a los ministerios del Poder Popular para la Educación y para la Educación Universitaria a diseñar e incluir programas en todos los niveles y modalidades del sistema educativo venezolano, con valores y principios socialistas relativos al control social.





www.mpcomunas.gob.ve
09/03/12. 






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